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Las Cárceles

Las cárceles

Así como otras dictaduras del Cono Sur de América Latina instauraron un sistema masivo de secuestro y desaparición de personas (Argentina) o de ejecución de prisioneros (Chile), la modalidad represiva característica del régimen uruguayo fue el encarcelamiento masivo y prolongado. En 1976 Uruguay era el país de América del Sur que tenía el índice más alto de prisioneros políticos por cantidad de habitantes. Si bien no se ha podido acceder a la documentación oficial del período, según cifras del Servicio Paz y Justicia se calcula que entre 1972 y 1985 aproximadamente 5.000 personas fueron procesadas por la Justicia Militar. A esta cifra se sumarían otros 3.700 casos de detenidos que no fueron procesados, habiendo experimentado situaciones de prisión que comprenden desde pocos días hasta varios meses.

Entre los centros de detención a los que fueron conducidos los prisioneros debido a su actividad político-partidaria o sindical, encontramos algunos públicamente reconocidos como tales y otros muchos, dispersos en todo el territorio nacional, clandestinos o “invisibles”.

Previamente a la disolución de las Cámaras Legislativas, fueron inauguradas las dos cárceles de máxima seguridad en donde se recluiría a la mayoría de los detenidos por tiempos prolongados.

Además de estas dos grandes prisiones fueron utilizados públicamente otros lugares para concentrar detenidos políticos.

A su vez, una mención aparte merecerían las cárceles “improvisadas” en el período inmediatamente posterior al golpe de Estado, entre las que sobresale el “Cilindro Municipal” (el más grande estadio cerrado de basketball de la capital) o las instalaciones del Frigorífico EFCSA, en el barrio del Cerro, en Montevideo.

En simultáneo a estos establecimientos carcelarios, funcionaron de manera encubierta y clandestina, otros lugares de detención localizados en unidades militares y policiales así como en casas particulares, ubicados tanto en zonas aisladas como en entornos poblados y altamente transitados.

Capturados por militares y policías –muchas veces vestidos de civil- en la vía pública o en sus domicilios, los detenidos solían ser trasladados en primer lugar a estos centros clandestinos, en donde eran sometidos a interrogatorios bajo torturas. En estos casos, las familias de los detenidos solían pasar días e incluso meses sin conocer su paradero. No puede establecerse un patrón en cuanto al tiempo de permanencia en estos lugares aunque sí se está en condiciones de afirmar que, mayoritariamente, se trató de la antesala de la prisión prolongada en los establecimientos públicos de reclusión. Sin embargo, algunos detenidos afirman haber sido sacados en varias oportunidades de los grandes establecimientos carcelarios y vueltos a conducir a centros clandestinos donde fueron nuevamente interrogados y sometidos a torturas. Asimismo, se ha identificado la presencia en estos lugares de buena parte de los uruguayos que actualmente permanecen desaparecidos.

La tortura, aplicada por funcionarios estatales a presos políticos desde comienzos de la década de 1960, se generalizó, transformándose en una práctica rutinaria a través de la cual se buscaba obtener información y al mismo tiempo humillar y desmoralizar a los prisioneros. No se trató de castigos arbitrarios, sino de una vasta gama de torturas metódicamente administradas y aplicadas. Esta práctica provocó la muerte de varios detenidos en unidades militares y policiales, generando en los demás secuelas de distinto tipo.

Además de aislar y castigar a quienes permanecían en ellas, las cárceles instalaron en miedo en toda la sociedad que, por diversas vías, recibía noticia de las torturas y los malos tratos a los prisioneros.

Las grandes cárceles de la dictadura

Localizado en el departamento de San José, a 53 km de Montevideo, en las proximidades de la ciudad de Libertad, el Establecimiento Militar de Reclusión N°1 (popularmente conocido como “Penal de Libertad”) fue inaugurado como cárcel exclusivamente masculina el 1º de octubre de 1972, fecha en que recibió a los primeros reclusos provenientes del presidio de Punta Carretas. En adelante y hasta el 9 de marzo de 1985 se estima que pasaron por este lugar 2.873 prisioneros políticos, llegando a convivir en simultáneo 1.400 personas.

El edificio ubicado en el barrio Punta de Rieles, a 14 quilómetros del centro de Montevideo, venía siendo utilizado como cárcel desde 1968, año en fue adquirido por el Estado durante el gobierno de Jorge Pacheco para la reclusión de personas detenidas bajo “medidas prontas de seguridad”. Desde esa fecha hasta comienzos de 1973 se calcula que pasaron por este lugar aproximadamente unos 400 prisioneros políticos. En enero de 1973 las instalaciones pasaron a ser sede del Establecimiento Militar de Reclusión Nº 2 destinado a cárcel de alta seguridad para detenidas políticas. Inmediatamente, el 16 de enero de ese año, llegaron las primeras detenidas procedentes de distintos lugares de reclusión. Si bien no se cuenta con cifras exactas, se estima que, entre 1973 y 1985, aproximadamente 700 mujeres pasaron un tiempo más o menos prolongado en este lugar. El 4 de marzo de 1985, las 26 presas que aún estaban en Punta de Rieles, fueron trasladadas al 4º piso de la Cárcel Central, desde donde fueron liberadas entre el 10 y el 14 de marzo.

En 1972 varias mujeres que estaban detenidas en el cuartel de Tacuarembó y en el Batallón de Ingenieros N° 3 de Paso de los Toros fueron trasladadas al penal de esa ciudad. Se calcula que entre 1972 y 1977 –fecha en que las detenidas fueron trasladadas al Penal de Punta de Rieles- más de 100 mujeres estuvieron presas en este lugar.

A pesar de las durísimas condiciones carcelarias, quienes fueron recluidos en estos establecimientos desarrollaron múltiples formas de resistencia que fueron clave para la continuidad de la vida y el mantenimiento de su integridad física y emocional.

La Justicia Militar

La “Ley de Seguridad del Estado”, aprobada el 10 de julio de 1972, en la cima de la escalada autoritaria desplegada por los gobiernos de Jorge Pacheco y Juan María Bordaberry, habilitaba a excluir a detenidos por motivos políticos de la esfera del Poder Judicial y a trasladarlos a la órbita de la Justicia Militar, dependiente del Ministerio de Defensa. Esto explica que las detenciones sin orden judicial ya fuesen una práctica usual antes de la clausura de las cámaras legislativas. La instauración del terrorismo de Estado no hizo más que agravar esta situación en la que la justicia ordinaria no tenía competencias y el Poder Ejecutivo y las Fuerzas Armadas disponían de los detenidos sin ningún tipo de control.

Se ha hecho referencia a la justicia militar como una “gran ficción” puesto que no se cuenta con jueces sino con funcionarios militares sometidos a jerarquía. Carente de independencia e imparcialidad, su órgano máximo (El Supremo Tribunal Militar) está integrado por miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo. Originariamente sus disposiciones y códigos fueron pensados para mantener la disciplina en ámbitos castrenses. Por lo general los “jueces” militares no tenían como cometido investigar y determinar supuestos delitos, ya que éstos venían determinados de antemano por los servicios de inteligencia militar. Este funcionamiento obstaculizó enormemente el trabajo de los abogados civiles.

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